Auto Supremo AS/0722/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0722/2013

Fecha: 02-Dic-2013

Por lo anotado y considerando además el principio protector de la “primacía de la realidad”

Por lo anotado y considerando además el principio protector de la “primacía de la realidad” prevista en el artículo 4. I. d) del Decreto Supremo Nº 28699 de 1 de mayo de 2006, por el que prevalece la veracidad de los hechos a lo que se pactó o documentó, se establece que en el caso en particular existió una relación laboral entre la actora y la parte demandada, tal como estableció la Juez a quo en el marco de aplicación de los artículos 3. j), 158 y 200 del Código Procesal del Trabajo, y que fue confirmado con acierto por el Tribunal ad quem, no evidenciándose en absoluto que al asumir tal decisión hubiese violado las disposiciones legales señaladas por la parte recurrente