CONSIDERANDO II: Fundamentos jurídicos del fallo
CONSIDERANDO II: Fundamentos jurídicos del fallo. Que, así formulado el recurso de casación en el fondo por la entidad municipal demandada, de la revisión de los antecedentes del proceso, la normativa aplicable al caso en relación a la controversia traída ante éste alto Tribunal de Justicia ordinaria, se ingresa a resolverlo conforme sigue:
La principal controversia en el caso de examen, se circunscribe a la falta de fundamentación y motivación por parte de la Administración Tributaria Municipal al establecer la Deuda Tributaria en la Resolución Determinativa Nº 1852/2007 de 28 de diciembre de 2007, cuestionada por la contribuyente, ya que, la señalada resolución, fue anulada a través de los respectivos fallos de instancia jurisdiccional, al haberse observado por el Juez y el Tribunal de grado, que identificaron un incumplimiento de los requisitos esenciales normados en los artículos 99 de la Ley Nº 2492 y 19 del Decreto Supremo Nº 27310, por lo cual, dispusieron la nulidad de obrados hasta que se emita una nueva Resolución Determinativa, conforme los fundamentos que se expresan en la Sentencia de fs. 77 a 85 y Auto de Vista de fs. 107 a 108; por lo que, corresponde analizar, si es evidente lo afirmado por la parte recurrente en el recurso hoy examinado
La principal controversia en el caso de examen, se circunscribe a la falta de fundamentación y motivación por parte de la Administración Tributaria Municipal al establecer la Deuda Tributaria en la Resolución Determinativa Nº 1852/2007 de 28 de diciembre de 2007, cuestionada por la contribuyente, ya que, la señalada resolución, fue anulada a través de los respectivos fallos de instancia jurisdiccional, al haberse observado por el Juez y el Tribunal de grado, que identificaron un incumplimiento de los requisitos esenciales normados en los artículos 99 de la Ley Nº 2492 y 19 del Decreto Supremo Nº 27310, por lo cual, dispusieron la nulidad de obrados hasta que se emita una nueva Resolución Determinativa, conforme los fundamentos que se expresan en la Sentencia de fs. 77 a 85 y Auto de Vista de fs. 107 a 108; por lo que, corresponde analizar, si es evidente lo afirmado por la parte recurrente en el recurso hoy examinado
- CONSIDERANDO I
- Que tramitado el proceso de conformidad con las
- En apelación deducida por la entidad demandada (fs
- Dicho fallo motivó el recurso de casación en
- Señaló que, es inaceptable que las autoridades de
- Refirió que, en el caso el contribuyente, no
- Anotó que, la parte demandante, debió revisar estrictamente
- También señaló que, para determinar la base imponible
- En ese sentido, refirió que existe suficiente respaldo
- Señaló que, las pruebas ofrecidas por la Administración
- Concluyó solicitando al Tribunal de Casación, dictar resolución
- CONSIDERANDO II: Fundamentos jurídicos del fallo
- Que, si bien el recurso señala que, la
- De similar manera, se advirtió por el Tribunal
- A ello, se debe agregar lo referido por
- En ese sentido, se establece como conclusión por
- Es necesario advertir que, si bien en
- En cuanto a la observación de que, la
- En tal sentido, y considerando que, en el
- Por lo señalado, se concluye que, el Tribunal
- Por lo relacionado, corresponde resolver el recurso en la forma que prevén los artículos 271
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del
- Sin costas en aplicación del artículo 39 de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
- Secretaria de Sala Social y Administrativa
