Auto Supremo AS/0781/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0781/2013

Fecha: 24-Dic-2013

A ello debe añadirse, que dada la naturaleza y características propias del Derecho Laboral, los

A ello debe añadirse, que dada la naturaleza y características propias del Derecho Laboral, los derechos de las trabajadoras y los trabajadores se encuentran protegidos mediante el reconocimiento de principios, debidamente resguardados constitucionalmente; tal cual se tiene conforme lo prescrito por el artículo 48. II de la Constitución Política del Estado: “…Las normas laborales se interpretarán y aplicarán bajo los principios de protección de las trabajadoras y de los trabajadores como principal fuerza productiva de la sociedad; de primacía de la relación laboral; de continuidad y estabilidad laboral; de no discriminación y de inversión de la prueba a favor de la trabajadora y del trabajador…”