Auto Supremo AS/0781/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0781/2013

Fecha: 24-Dic-2013

Estableciendo además en su fundamentación, que en concordancia con la debida valoración y fundamentación efectuada

Estableciendo además en su fundamentación, que en concordancia con la debida valoración y fundamentación efectuada por el Juez a quo en el Considerando IV de su Sentencia, el actor prestaba servicios como chofer en los diferentes proyectos que su empleador ejecutaba, en el periodo comprendido entre el 17 de julio de 2006 y el 31 de octubre de 2009, así como que conforme a las recontrataciones del trabajador por más de dos veces sucesivas, y por plazos fijos de manera continua en labores propias de su empleador, adquirieron la calidad de contrato a plazo indefinido, conforme a lo dispuesto por la Resolución Ministerial Nº 193/72 de 15 de mayo de 1972, por lo que no importando la apariencia simulada de los contratos suscritos, resulta aplicable lo dispuesto por el artículo 48. II y III de la Constitución Política del Estado, quedando demostrada la concurrencia de las características que hacen a una relación laboral