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El recurso de casación interpuesto por la demandante se encuentra descrito en cinco puntos que son los siguientes:
1.- Acusa, que el Ad quem no habría realizado una revisión minuciosa del expediente, toda vez que se habría denunciado que no existe orden judicial para la elaboración del informe de fs. 31 y 32 por lo que en criterio de la recurrente éste debió anular la Sentencia dictada por el A quo, prueba que sería ilegal y que conculcaría el debido proceso y la seguridad jurídica establecido por los Art. 178 y 180 de la Constitución Política del Estado
1.- Acusa, que el Ad quem no habría realizado una revisión minuciosa del expediente, toda vez que se habría denunciado que no existe orden judicial para la elaboración del informe de fs. 31 y 32 por lo que en criterio de la recurrente éste debió anular la Sentencia dictada por el A quo, prueba que sería ilegal y que conculcaría el debido proceso y la seguridad jurídica establecido por los Art. 178 y 180 de la Constitución Política del Estado
- Proceso: Divorcio
- ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Resolución de fondo que es recurrida de apelación y como consecuencia de ello se dicta
- CONSIDERANDO II
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- FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
- Asimismo, aduce que la Sentencia no valoró en su integridad la prueba de fs
- De lo anotado se concluye, no ser evidente lo acusado por la recurrente, tomando en
- Arguye también que se tomó en cuenta la atestación de María Eugenia Huiza Pinto, cursante
- También manifestó que tanto la testigo María Eugenia Huiza y Modesto Mamani Lugones no habrían
- También reclamó que en base al informe de fs
- Finalmente, la recurrente solicita que este Tribunal con mejor criterio se sirva anular obrados hasta
- Por lo anteriormente expuesto y no existiendo evidencia alguna que la Juez de primera instancia
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relatora: Mgda. Rita Susana Nava Durán
