Auto Supremo AS/0022/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0022/2013

Fecha: 05-Feb-2013

Asimismo, aduce que la Sentencia no valoró en su integridad la prueba de fs

Asimismo, aduce que la Sentencia no valoró en su integridad la prueba de fs. 39, donde se demostraría que su hijo no habría asistido por muchos días a la escuela, sin embargo no se habría tomado en cuenta los días consecutivos de asistencia a clases de su hijo, ni valorado la prueba conforme dispone el art. 397 del adjetivo Civil y que el Tribunal de alzada no realizó un minucioso examen sobre estos hechos denunciados y ordenar a la A quo valore en su correcta dimensión dicho medio de prueba. Al respecto, revisada la certificación de fs. 39 concerniente a un informe de asistencia a clases en dos trimestres del menor E. C. S., se observa que el mismo no asistió a la escuela un total de 40 días en los dos trimestres en distintas fechas, llama la atención que en el mes de Agosto el menor haya faltado durante 19 días a la escuela, que en condiciones normales, no tendría por qué presentarse esta situación; asimismo, de la revisión del informe social efectuado por el Servicio de Gestión Social cursante de fs. 89 a 95, concluye que el menor asiste a la Unidad Educativa distante a 15 minutos de la localidad de Calamarca, concretamente a la Unidad Educativa "Jorge Avilés de Jayaquila", existiendo una unidad educativa en la localidad de Calamarca donde vive actualmente el menor con su madre, es más, dicho informe revela que el menor se encontraría con pésimo rendimiento escolar y no recibiría apoyo de sus progenitores, resaltando que el mismo no permanece por varias horas al día con su progenitora toda vez que asiste a la escuela de 9 a 15 de la tarde, información que fue proporcionada por entrevista efectuada a la maestra del menor