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    Auto Supremo AS/0093/2013-RRC
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0093/2013-RRC

    Fecha: 03-Abr-2013

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    • Los memoriales registrados en este Tribunal, sobre recursos de casación interpuestos por Zenón Gutiérrez Copa,
    • De la revisión de los antecedentes remitidos en casación se establece lo siguiente
    • De los recursos de casación y del Auto Supremo 055/2013-RA de 7 de marzo, se
    • En el tercer motivo, el recurrente argumenta que el Auto de Vista impugnado, resulta contradictorio
    • Con los argumentos supra consignados, el recurrente Zenón Gutiérrez Copa solicitó: "
    • Mediante Auto Supremo 055/2013-RA de 7 de marzo, este Tribunal declaró Admisible ambos recursos de
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente
    • Ambos recursos fueron resueltos por Auto de Vista 182/2011, que fue dejado sin efecto por
    • El recurrente Zenón Gutiérrez Copa, en cuanto a los motivos admitidos, invocó los Autos Supremos:
    • Todo acto, como la valoración de la prueba por el Tribunal de Alzada, que contravenga
    • Auto Supremo 14 de 26 de enero de 2007: "Si una sentencia cumple con la
    • De ahí que los fallos deben ser debidamente fundamentados, no siendo suficiente que se limiten
    • Auto Supremo 183 de 6 de febrero de 2007: "Que, el juicio oral, público y
    • Auto Supremo 411 de 20 de octubre de 2006: "Al no haberse pronunciado el tribunal
    • Esta actividad se constituye en vicio absoluto que atenta contra al derecho a la defensa
    • A su vez, la querellante Elba Wigger Ibañez, invocó los Autos 47 de 28 de
    • La acusación es la base para la apertura del juicio oral
    • Es necesario dejar claramente establecido que el art
    • En consecuencia el Tribunal de Alzada al declarar PROCEDENTE el recurso de apelación restringida interpuesto
    • Auto Supremo 363 de 5 de abril de 2007: "Que conforme la normativa legal vigente,
    • Sintetizando la denuncia contenida en el segundo, tercer y cuarto motivo del recurso formulado por
    • Efectuada esta precisión, se tiene de acuerdo a los antecedentes, que el Tribunal de Sentencia
    • La denuncia contenida en el recurso de casación formulado por la querellante, se concreta en
    • Ahora bien, a los efectos de resolver este recurso y determinar si efectivamente la Sala
    • Sobre este aspecto, el Tribunal de apelación, citó las Sentencias Constitucionales 1810/2011-R de 7 de
    • ii) La segunda conclusión que estableció el Auto de Vista impugnado, consistió en que, la
    • de juicio, pues resulta evidente lo afirmado, puesto que en lo que respecta a la
    • iii) El tercer fundamento expuesto por el Tribunal de apelación, en base al cual determinó
    • iv) Lo propio ocurre en cuanto al fundamento del Tribunal de apelación, referido a la
    • Agregando la referida Resolución que: "La fundamentación de la fijación de la pena es inexcusable,
    • El Tribunal de alzada al resolver el recurso de apelación restringida, tiene el deber de
    • de hechos, cuando esa labor no le está permitida, conforme señaló la doctrina legal establecida
    • Consecuentemente, este Tribunal de casación considera que el razonamiento expuesto en el Auto de Vista
    • La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase
    • SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

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