Auto Supremo AS/0093/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2013-RRC

Fecha: 03-Abr-2013

Efectuada esta precisión, se tiene de acuerdo a los antecedentes, que el Tribunal de Sentencia

Efectuada esta precisión, se tiene de acuerdo a los antecedentes, que el Tribunal de Sentencia emitió Sentencia condenatoria de cinco años de reclusión contra el ahora recurrente, razón que lo motivó a interponer el recurso de apelación restringida, que fue resuelto por el Auto de Vista ahora impugnado, que dejó sin efecto la Sentencia condenatoria y dispuso la reposición del juicio por otro Tribunal; destacando en aquella Resolución que de los diecisiete puntos invocados, catorce se centraban en la falta de motivación de la sentencia pronunciada en el presente proceso, concluyendo el Tribunal de alzada que la Sentencia carece de fundamento fáctico y jurídico, incluida la temática relativa a la imposición de la pena, que tiene una serie de contradicciones entre la parte considerativa y la resolutiva y también presenta ausencia de aplicación de las reglas de la sana crítica. Es decir, el Tribunal de alzada, al emitir el Auto de Vista ahora impugnado, consideró favorablemente los fundamentos invocados por el recurrente en su apelación restringida; en cuyo mérito, teniendo en cuenta las previsiones contenidas en el art. 167 párrafo segundo del CPP, establece que: "En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con fundamento en el defecto, las decisiones judiciales u omisiones de procedimiento que le causaran agravio", se evidencia la inexistencia de agravio, por ende de sustento legal, con relación a los tres primeros motivos alegados por el recurrente en el recurso de casación que motiva la presente Resolución