Auto Supremo AS/0093/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2013-RRC

Fecha: 03-Abr-2013

La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el

Por último, corresponde destacar que en el nuevo orden constitucional a partir de la Constitución Política del Estado de 7 de febrero de 2009, las personas adultas mayores, además de los derechos reconocidos en la Constitución, tienen derecho a una vejez digna, con calidad y calidez humana, debiendo recibir un trato especial y preferente en los trámites que realice; marco normativo que incluso en el caso del Tribunal Supremo, determinó la emisión del Acuerdo de Sala Plena Nº 23/2012, por el cual se autorizó el sorteo anticipado de causas siguiendo varios criterios para determinar su priorización, entre ellos, la edad avanzada de las partes intervinientes en los procesos. En esa lógica y teniendo en cuenta que la presunta víctima de los hechos que motivan el presente proceso, es una persona adulta mayor conforme se infiere de los datos personales consignados en la Sentencia, corresponde la reposición del juicio en forma inmediata a la devolución de antecedentes por este Tribunal, debiendo priorizarse su iniciación, tramitación y conclusión, bajo responsabilidad del Presidente del Tribunal de Sentencia que resulte competente para conocer la sustanciación y resolución del nuevo juicio.
POR TANTO
La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art. 419 del CPP, declara INFUNDADOS los recursos de casación interpuestos por Zenón Gutiérrez Copa y Elba Wigger Ibañez, cursantes de fs. 998 a 1005 y de fs. 1015 a 1017, respectivamente