Auto Supremo AS/0093/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0093/2013-RRC

Fecha: 03-Abr-2013

Sintetizando la denuncia contenida en el segundo, tercer y cuarto motivo del recurso formulado por

Consiguientemente; en aquellos supuestos en que el Tribunal de alzada comprueba la inobservancia de la ley o su errónea aplicación, por cuyo motivo tenga la convicción plena de la culpabilidad del imputado, no es pertinente anular totalmente la sentencia y disponer que se abra nuevo juicio sino dar cumplimiento a lo establecido por la última parte del Artículo 413 del Código de Procedimiento Penal".
III.2. Análisis del caso concreto
Corresponde ahora, analizar los precedentes presuntamente contradictorios y la argumentación de ambos recurrentes en relación a los datos del proceso.
III.2.1. En cuanto al recurso de casación formulado por Zenón Gutiérrez
Copa
Sintetizando la denuncia contenida en el segundo, tercer y cuarto motivo del recurso formulado por Zenón Gutiérrez Copa, se establece que están relacionados a una supuesta falta de apreciación de las pruebas de cargo y descargo en observancia a las reglas de la sana crítica y al deber de fundamentación de toda Resolución, deberes que según expresa el recurrente, fueron incumplidos por el Tribunal de alzada, al no haber considerado que la Sentencia no es clara ni lógica incurriendo en falta de fundamentación, siendo por lo tanto, contradictoria la resolución impugnada a la doctrina establecida en los precedentes invocados, que sostienen que la valoración de la prueba producida en juicio, es de exclusividad de los Jueces y Tribunales de Sentencia y que debe regirse por las reglas de la sana crítica, y que en caso de evidenciarse un razonamiento que no sea lógico, corresponde anular total o parcialmente la Sentencia, y que toda Resolución debe ser debidamente fundamentada, consignando todos y cada uno de los hechos debatidos en el juicio