Auto Supremo AS/0202/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2013

Fecha: 17-Abr-2013

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En el fondo.-
1.- Vuelven a acusar las recurrentes en el recurso de casación en el fondo, que el Tribunal Ad quem ha incurrido en violación del art. 383 del Código de Comercio, toda vez que el mismo se ha negado a pronunciarse sobre los puntos apelados, sin tomar en cuenta que el referido artículo señala que, en caso de duda de la existencia de una causal de disolución de una sociedad, se debe optar por la subsistencia de la misma, no habiendo considerado que por Resolución de los socios en la asamblea de 20 de febrero de 2010, se ha prorrogado la vigencia de la sociedad por diez años más