Auto Supremo AS/0202/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0202/2013

Fecha: 17-Abr-2013

Al respecto y de la revisión del Auto de Vista Nº 334/2012, se tiene a

Al respecto y de la revisión del Auto de Vista Nº 334/2012, se tiene a fs. 507 vta., que el Tribunal se refiere de manera concreta y específica a este agravio, señalando que no es evidente la inobservancia del art. 383 del Código de Comercio por parte del A quo, toda vez que, no existe duda respecto a la causal de disolución de la sociedad, pues documentalmente se encuentra demostrado que la fecha de vencimiento de la vigencia de la sociedad es el 23 de enero de 2010 y la prórroga acordada es del 20 de febrero de 2010