Auto Supremo AS/0131/2013-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2013-RA

Fecha: 13-May-2013

Añade que la Resolución impugnada convalidó una Sentencia que contiene una defectuosa valoración de la

Añade que la Resolución impugnada convalidó una Sentencia que contiene una defectuosa valoración de la prueba incurriendo en el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, vulnerando el derecho a la tutela judicial efectiva y al debido proceso consagrados por los arts. 115.I y II de la CPE, siendo obligación del Tribunal valorar la prueba admitida y producida en el juicio oral observando con referencia a la prueba "MPD8", que son fotocopias simples de las que se ignora cómo fueron obtenidas, vulnerando el art. 172 del CPP; la prueba "MPD9", consistente en fotocopias simples de su "file" personal en la Aduana Nacional, siendo estas distintas a las originales, tanto en numeración y contenido. En términos similares que la coimputada, el recurrente refiere que no pretendía que el Tribunal de apelación revalorice la prueba sino más bien establezca que el Tribunal de juicio vulneró la reglas de la sana critica al haberla considerado pese a los defectos relativos a su falta de claridad, origen, etc., pero sobre el particular no hubo una respuesta fundamentada. Cita como precedentes contradictorios los Autos Supremos 49 de 16 de marzo de 2012 y 5 de 26 de enero de 2007