Por memoriales presentados el 2 y 23 de abril de 2013, cursantes de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 131/2013-RA
Sucre, 13 de mayo de 2013
Expediente : Oruro 4/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Carolina Felicidad Vásquez Ramírez y otro
Delitos : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 2 y 23 de abril de 2013, cursantes de fs. 228 a 241 vta. y 257 a 269 vta., Carolina Felicidad Vásquez y Luis Valerio Bravo Zapata, respectivamente, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 04/2013 de 21 de febrero, de fs. 210 a 222 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Ernesto Víctor Zaconeta Quintana en representación legal de la Aduana Nacional de Bolivia-Regional Oruro contra los recurrentes, por los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP)
SALA PENAL SEGUNDA
AUTO SUPREMO Nº 131/2013-RA
Sucre, 13 de mayo de 2013
Expediente : Oruro 4/2013
Parte acusadora : Ministerio Público y otro
Parte imputada : Carolina Felicidad Vásquez Ramírez y otro
Delitos : Falsedad Material y otros
RESULTANDO
Por memoriales presentados el 2 y 23 de abril de 2013, cursantes de fs. 228 a 241 vta. y 257 a 269 vta., Carolina Felicidad Vásquez y Luis Valerio Bravo Zapata, respectivamente, interponen recurso de casación impugnando el Auto de Vista 04/2013 de 21 de febrero, de fs. 210 a 222 vta., pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público y Ernesto Víctor Zaconeta Quintana en representación legal de la Aduana Nacional de Bolivia-Regional Oruro contra los recurrentes, por los delitos de Falsedad Material, Falsedad Ideológica y Uso de Instrumento Falsificado, previstos y sancionados por los arts. 198, 199 y 203 del Código Penal (CP)
- Por memoriales presentados el 2 y 23 de abril de 2013, cursantes de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- c) Con el Auto de Vista citado, los recurrentes fueron notificados el 25 de marzo
- De los memoriales que cursan de fs
- Respecto a la errónea aplicación del art
- Manifiesta que en el recurso de apelación restringida, solicitó al Tribunal de apelación determine si
- Como segundo motivo de su recurso, el imputado desarrolla los mismos argumentos sostenidos por la
- Añade que la Resolución impugnada convalidó una Sentencia que contiene una defectuosa valoración de la
- El art
- En este contexto, el art
- Interposición del recurso de casación dentro de los cinco días siguientes a la notificación con
- Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación restringida, debiendo
- Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues el precedente
- Analizados los recursos de casación, ésta Sala considera que los recursos interpuestos contra el Auto
- 431 de 11 de octubre de 2006 y 315 de 25 de agosto de 2006;
- En el segundo motivo, la recurrente refiere insuficiente fundamentación de la Sentencia porque habría omitido
- Por lo referido y dejando constancia que todos los Autos Supremos fueron señalados por la
- El co-imputado Luis Valerio Bravo Zapata, sostiene en su recurso como primer motivo que con
- Respecto al segundo motivo, idéntico en su planteamiento por la coimputada, se evidencia el cumplimiento
- En consecuencia, los extremos expuestos demuestran el cumplimiento de los requisitos de admisibilidad de los
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida en el
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
