Auto Supremo AS/0133/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0133/2013-RRC

Fecha: 20-May-2013

Los primeros elementos corresponden a lo denominado por la doctrina como ratio decidendi (traducido

III.1.2 Estructura de los fallos judiciales.


Las razones por las que el juzgador toma una decisión, es decir: aquellos argumentos que son indispensables e insustituibles en los que se basa y justifica su fallo, deben estar orientados a una interpretación sencilla; que derive en la identificación del razonamiento principal que hizo al juzgador el tomar una u otra línea de decisión. Asimismo, por motivos de técnica de argumentación jurídica, el juzgador incluye en sus decisiones otro tipo de referencias: citas de doctrina o remisiones a jurisprudencia, que si bien son incorporadas a las decisiones, no son indispensables en sostener la decisión.


Los primeros elementos corresponden a lo denominado por la doctrina como ratio decidendi (traducido literalmente como, razón de la decisión), que son el criterio jurídico, regla o principio abstracto y general fundamentador de la decisión: y, los segundos obiter dicta (traducido literalmente como, dicho de paso), que hacen referencia a aquellos contenidos incluidos en la parte considerativa de una sentencia o resolución judicial que corroboran la decisión principal, a través de afirmaciones o reflexiones incidentales, secundarias o auxiliares, no requeridas en sentido estricto para fundar el resultado final del fallo, careciendo por tanto de poder vinculante, al ser su naturaleza sencillamente complementaria