Auto Supremo AS/0144/2013-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0144/2013-RRC

Fecha: 28-May-2013

El acusador particular fundamenta su acusación, señalando que: "

El acusador particular fundamenta su acusación, señalando que: "...Irené Paco Mamani en su calidad de profesora a través de descuentos que se le hacía de la boleta de pago, ha logrado adjudicarse un bien inmueble en la urbanización 'La Aurora' manzano No. 7, esta vivienda fue adjudicada a través de FONVIS (...) ella ha vivido en el sector empero por un problema familiar fue a cuidar a su madre enferma y prueba de ello en el transcurso de ésta investigación ha fallecido con cáncer por ello es que ha dado un poder para que él pueda cuidar la casa y evitar que ingresen a su domicilio porque en éste sector ha habido casos que se han ingresado a domicilios, es así que el 15 de octubre cuando mi defendido Fermín Gonzáles estaba a cargo de la custodia de la casa, sale de la casa como taxista y va como de costumbre a trabajar y lleva personas a la localidad de Huanuni y alternativamente se queda y al volver llega a la casa y puede advertir que las chapas están forzadas, las puertas destrozadas y escucha al interior ruidos, pensando que se trataba de delincuentes ingresa y advierte la presencia de la ahora acusada Sonia Medina en compañía de sus familiares quienes lo echan de su casa, no le permiten ingresar so pretexto de que no había nadie en la casa y que estaban abiertas las puertas así hubiese entrado otra persona no era quien como dice el Art. 278 entrar arbitrariamente a un domicilio sobre todo permanecer en ellos si ellos han visto que estaba abierta esa casa, lo lógica era dar parte a la Policía, dar parte a las autoridades (...) sin embargo lejos de ello que hace la ahora acusada se queda, instala su casa, se apropia de todos los bienes, una casa que no es habitada no tiene cocina, televisor, radio, los documentos de la casa, no tendrían las cortinas, ropa que se utiliza, pues todo ello está detentando la acusada..." (sic)