En juicio oral el Ministerio Público (fs
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
II.1. Acusación
En juicio oral el Ministerio Público (fs. 5 vta. a 6) fundamentó la acusación en contra de la recurrente, señalando que: "el lunes 15 de octubre de 2007, la víctima Fermín Gonzáles Rojas salió de su vivienda situada en la Urbanización Aurora manzano N casa número 7, para ausentarse a la localidad de Huanuni, regresa y encuentra primero que su casa había estado ocupada por otras personas, fracturando chapas, candados a la fuerza y producto de ello las personas que estaban ya dentro la casa se habían apoderado ilegítimamente con esa violencia de fracturar chapas, candados y de todo los bienes que se han detallado en la acusación, que esta conducta se adecua al art. 298 del CP..."(sic)
II.1. Acusación
En juicio oral el Ministerio Público (fs. 5 vta. a 6) fundamentó la acusación en contra de la recurrente, señalando que: "el lunes 15 de octubre de 2007, la víctima Fermín Gonzáles Rojas salió de su vivienda situada en la Urbanización Aurora manzano N casa número 7, para ausentarse a la localidad de Huanuni, regresa y encuentra primero que su casa había estado ocupada por otras personas, fracturando chapas, candados a la fuerza y producto de ello las personas que estaban ya dentro la casa se habían apoderado ilegítimamente con esa violencia de fracturar chapas, candados y de todo los bienes que se han detallado en la acusación, que esta conducta se adecua al art. 298 del CP..."(sic)
- Por memorial presentado el 27 de marzo de 2013, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada formuló recurso de apelación restringida (fs
- Del memorial del recurso de casación y del Auto Supremo 118/2013-RA de 7 de mayo,
- Señala además, que la conducta incriminada no puede ajustarse a los elementos constitutivos del tipo
- Así también, el Tribunal de Sentencia señala que, el apoyarse en un estado de necesidad,
- Menciona que reclamó reiteradamente ante el Tribunal que no correspondía subsumir su conducta en el
- manifiesta que, el Auto de Vista impugnado no refiere qué medio probatorio fue utilizado para
- Señala también la recurrente, que la prueba no consiste en averiguar sino en verificar, y
- La recurrente, pide se declare procedente el recurso y se revoque el Auto de Vista
- Mediante el Auto Supremo 118/2013-RA de 7 de mayo, se admitió el recurso para el
- En juicio oral el Ministerio Público (fs
- El acusador particular fundamenta su acusación, señalando que: "
- previsto y sancionado por el art
- La Sentencia agrega: "La acusada Sonia Francisca Medina Téllez de García, con su accionar y
- Cabe dejar también sentado, que muy aparte de concurrir la actitud dolosa de la acusada,
- En relación a la inadecuada valoración de la prueba, el Tribunal de alzada responde (fs
- Establecido el ámbito de análisis en el Auto de admisión del presente recurso y antes
- En este motivo del recurso, la recurrente denuncia esencialmente que el Tribunal de sentencia, realizó
- el A quo y el de alzada, no compulsaron debidamente la concurrencia de los elementos
- Advirtiendo el error en el que incurrieron los de instancia, el Tribunal dejó sin efecto
- Considerando que ninguna persona puede ser condenada por un hecho distinto al atribuido en la
- Ahora bien considerando, que de conformidad a lo establecido por el art
- La recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado, no refiere qué medio probatorio fue
- que era fruto de una valoración defectuosa de la prueba
- Por otra parte, revisado el Auto de Vista recurrido, respecto a la denuncia realizada en
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- SALA PENAL SEGUNDA DEL TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
