Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que el titular de
Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que el titular de la renta, a momento de presentar su solicitud de renta con reducción de edad, en fecha 20 de agosto de 1998 de fs. 49, adjuntó entre otros documentos el finiquito de fs. 1, certificado de fs. 37 expedido por la División de Kardex de la H. Alcaldía de la ciudad de La Paz, documentos donde se constata que el solicitante ingresó a trabajar en la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de La Paz, el 17 de enero de 1979 hasta el 28 de febrero de 1997 y el certificado expedido por el Fondo Complementario de Seguridad Social Municipal de 4 de abril de 1997 cursante a fs. 43 de obrados el que señala: “Que, de la revisión de planillas de sueldos y salarios y demás documentos que cursan en archivos, se establece que el señor Zacarías Flores Callisaya con C.I. 393035 L.P., efectuó sus Aportes de Seguro de: INVALIDEZ, VEJEZ, MUERTE Y RIESGOS PROFESIONALES del Régimen Complementario” (sic). en la H.A.M de La Paz en las gestiones 02/79 a 02/97, por 18 años y 1 mes, haciendo un total de 216 cotizaciones
- Ante esta situación, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación interpuesta por la solicitante (fs
- Esta resolución originó que ambos sujetos procesales interpusieran los recursos de casación en el fondo
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case parcialmente el Auto de vista
- El recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando se case con relación al número de aportes y concesión de Renta de
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos de los recursos, se establece lo siguiente
- Al respecto, de la revisión de vista impugnada de casación, se advierte, que no se
- Ahora bien, en relación al cobro indebido por parte de la asegurada el cual
- Al respecto, se debe considerar lo establecido en el artículo 477 del Reglamento del Código
- De igual manera, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 27991 de 28 de enero
- Este Tribunal advierte con frecuencia que los funcionarios del SENASIR desconocen el verdadero sentido y
- En ese entendido es preciso determinar que los aportes que realizan los beneficiarios durante su
- Resolviendo el recurso de casación en el fondo de fs
- Sobre este punto, de acuerdo al artículo 14 del Decreto Supremo No 27543 de 31
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que el titular de
- Bajo estas premisas, se concluye que al ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso
- En cumplimiento del artículo 41 de la Ley del Órgano Judicial concordante con la Sentencia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
