En grado de apelación interpuesta por la solicitante (fs
En grado de apelación interpuesta por la solicitante (fs. 272-273), por Auto de Vista Nº 110/2012 SSA.II de 4 de septiembre de 2012 (fs. 385-386), la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, confirmó parcialmente la Resolución Nº 157/11 de 7 de abril de 2011 de fs. 256-261, dictada por la Comisión de Reclamación del SENASIR, disponiendo que se otorgue Pago Global Único de Viudedad de la renta única de vejez a favor de Yana Poma Justina, sin descuentos por los cobros efectuados, quedando consolidado lo percibido por los beneficiarios, en razón a los fundamentos expuestos en el presente fallo, con las formalidades de rigor
- Ante esta situación, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación interpuesta por la solicitante (fs
- Esta resolución originó que ambos sujetos procesales interpusieran los recursos de casación en el fondo
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case parcialmente el Auto de vista
- El recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando se case con relación al número de aportes y concesión de Renta de
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos de los recursos, se establece lo siguiente
- Al respecto, de la revisión de vista impugnada de casación, se advierte, que no se
- Ahora bien, en relación al cobro indebido por parte de la asegurada el cual
- Al respecto, se debe considerar lo establecido en el artículo 477 del Reglamento del Código
- De igual manera, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 27991 de 28 de enero
- Este Tribunal advierte con frecuencia que los funcionarios del SENASIR desconocen el verdadero sentido y
- En ese entendido es preciso determinar que los aportes que realizan los beneficiarios durante su
- Resolviendo el recurso de casación en el fondo de fs
- Sobre este punto, de acuerdo al artículo 14 del Decreto Supremo No 27543 de 31
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que el titular de
- Bajo estas premisas, se concluye que al ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso
- En cumplimiento del artículo 41 de la Ley del Órgano Judicial concordante con la Sentencia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
