Auto Supremo AS/0224/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0224/2013

Fecha: 10-May-2013

Ante esta situación, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs

SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA
Auto Supremo Nº 224
Sucre, 10/05/2013
Expediente: 47/2013-A
Distrito: La Paz
Magistrado Relator: Antonio G. Campero Segovia
==============================================================
VISTOS: Los recursos de casación en el fondo de fs. 289-290 y 292-294 respectivamente, interpuestos por Diego Alejandro Mark Baldivieso, en representación del Servicio Nacional del Sistema de Reparto (SENASIR), y por Justina Yana Poma derecho habiente de Zacarías Flores Callisaya, contra el Auto de Vista Nº 110/2012 SSA.II de 4 de septiembre de 2012 (fs. 285-286), pronunciado por la Sala Social y Administrativa Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, dentro del recurso de reclamación instaurado por Justina Yana Poma, contra el SENASIR, las respuestas de fs. 292-294 y 300-301, el Auto que concedió los recursos de fs. 307, los antecedentes del proceso y
CONSIDERANDO I: Que dentro del recurso de reclamación de renta única de viudedad interpuesto por Justina Yana Poma, la Comisión de Calificación de Rentas de la Dirección General de Pensiones, mediante Resolución Nº 013900 de 9 de noviembre de 2001 (fs. 72), resolvió otorgar en favor de Yana Poma Justina e hija Flores Yana Felicidad Amparo, Renta Única de Viudedad y Orfandad, equivalente al 80 % Bs. 1,293.11.- para la viuda y el 20 % Bs. 323.28 para la hija hasta que cumpla los 19 años de edad, de la renta que percibía el causante en el monto de Bs. 1,616.39.-, incluido incrementos de Ley, renta que se pagará a partir del mes de abril de 2001.
Posteriormente la Comisión de Calificación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 0012293 de 15 de octubre de 2007 (fs. 111-112), resolvió: Suspender definitivamente la Renta Única de Vejez otorgada al causante Flores Callisaya Sacarías, suspender definitivamente la renta de viudedad y orfandad otorgada a Yana Poma Justina y otorgar Pago Global Único de viudedad en sustitución de la renta única de vejez a favor de Yana Poma Justina, del mismo que deberá ser descontado el cobro indebido, debiendo Asesoría Legal adoptar las medidas legales pertinentes para la recuperación de lo indebidamente cobrado.
Ante esta situación, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs. 117, reiterado a fs. 120-121, que fue resuelto por la Comisión de Reclamación de Rentas del SENASIR, mediante Resolución Nº 157/11 de 7 de abril de 2011 (fs. 256-261), confirmando la Resolución Nº 0012293 de 15 de octubre de 2007 de fs. 112-113, emitida por la Comisión de Calificación de Rentas