Concluyó solicitando se case con relación al número de aportes y concesión de Renta de
Continúo manifestando que en su caso se trata de una renta en curso de pago y adquisición de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 55 de la Ley 1732 de 29 de noviembre de 1996, 313 del Decreto Supremo Nº 24469 de 17 de enero de 1997, siendo sólo necesario 60 cotizaciones o sea 5 años, de los cuales 18 estén incluidos en los últimos 36 meses a abril de 1997, donde se corta el sistema, ya que ella tiene mucho más cotizaciones, concordante con el Art. 30 parágrafo 2; y que en obrados consta toda la documentación donde indica el tiempo que trabajó su esposo; y que en virtud a lo mencionado se han infringido disposiciones, sin haber tasado todas las pruebas respaldada por la documentación presentada, olvidando lo dispuesto por los Artículos 75 del Código Procesal del Trabajo, 7 icn. k) (no dice de que norma), 158 de la C.P.E. con relación al 45 de la actual C. P. del Estado y 30 párrafo 2 de la RS No. 10.0.0.087 de 21 de julio de 1997.
Concluyó solicitando se case con relación al número de aportes y concesión de Renta de Viudedad y Orfandad el Auto de Vista Nº 110 de 4 de septiembre de 2012 y se disponga la rehabilitación de la renta de derecho – habiente y consiguiente pago desde que se le suspendió más todos los incrementos y beneficios del Estado y dejar sin efecto cualquier pago indebido
Concluyó solicitando se case con relación al número de aportes y concesión de Renta de Viudedad y Orfandad el Auto de Vista Nº 110 de 4 de septiembre de 2012 y se disponga la rehabilitación de la renta de derecho – habiente y consiguiente pago desde que se le suspendió más todos los incrementos y beneficios del Estado y dejar sin efecto cualquier pago indebido
- Ante esta situación, la solicitante interpuso recurso de reclamación de fs
- En grado de apelación interpuesta por la solicitante (fs
- Esta resolución originó que ambos sujetos procesales interpusieran los recursos de casación en el fondo
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case parcialmente el Auto de vista
- El recurso de casación en el fondo de fs
- Concluyó solicitando se case con relación al número de aportes y concesión de Renta de
- CONSIDERANDO II: Que así expuestos los fundamentos de los recursos, se establece lo siguiente
- Al respecto, de la revisión de vista impugnada de casación, se advierte, que no se
- Ahora bien, en relación al cobro indebido por parte de la asegurada el cual
- Al respecto, se debe considerar lo establecido en el artículo 477 del Reglamento del Código
- De igual manera, el artículo 9 del Decreto Supremo Nº 27991 de 28 de enero
- Este Tribunal advierte con frecuencia que los funcionarios del SENASIR desconocen el verdadero sentido y
- En ese entendido es preciso determinar que los aportes que realizan los beneficiarios durante su
- Resolviendo el recurso de casación en el fondo de fs
- Sobre este punto, de acuerdo al artículo 14 del Decreto Supremo No 27543 de 31
- Al respecto, revisados los antecedentes que informan al proceso, se evidencia que el titular de
- Bajo estas premisas, se concluye que al ser evidentes las infracciones acusadas en el recurso
- En cumplimiento del artículo 41 de la Ley del Órgano Judicial concordante con la Sentencia
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
