Auto Supremo AS/0231/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0231/2013

Fecha: 13-May-2013

Que así formulado el recurso de casación en

CONSIDERANDO II:
1. Fundamentos jurídicos del fallo:
Que así formulado el recurso de casación en el fondo y en la forma, se ingresa a resolver el mismo, atribuyéndonos el orden conforme consideramos es lógico, sin que ello signifique una violación del principio de congruencia, conforme los argumentos siguientes:
Que, la problemática traída en casación en la forma, radica en establecer la naturaleza y características que hacen al proceso Coactivo Social previsto en el ámbito de la Seguridad Social, considerando que en la litis, los coactivados denuncian que al ser el contrato de prestación de servicios suscrito entre la entidad coactivante con su causante de carácter civil, la vía idónea para proceder al reclamo de presuntos pagos en exceso a la Asesoría Legal externa representada por el Dr. Carlos Valdez Molina, era la civil o la vía coactiva fiscal, no así la vía coactiva social como se tiene; correspondiendo en consecuencia determinar tales extremos a fin de resolver la cuestión de la litis