Auto Supremo AS/0309/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0309/2013

Fecha: 14-Jun-2013

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad

POR TANTO: La Sala Social y Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad prevista en los artículos 184. 1 de la Constitución Política del Estado y 42. I. 1 de la Ley del Órgano Judicial Nº 025 de 24 de junio de 2010, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo interpuesto por el representante de la institución demandada cursante a fs. 265-268 y en cuanto al recurso de casación en el fondo interpuesto por la actora Carol Rocio Pereyra Revuelta, CASA EN PARTE, el Auto de Vista recurrido, debiendo incluirse a la liquidación efectuada en la parte resolutiva del Auto de Vista de fs. 252-254, la suma de Bs. 5.409,90.- por concepto de horas extras de seminarios y juramentos de las gestiones 2005 a marzo de 2009, manteniéndose incólume los demás conceptos consignados en el referido Auto de Vista