Auto Supremo AS/0366/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0366/2013

Fecha: 27-Jun-2013

Por otro lado refirió que el Tribunal de

Asimismo, acusó la violación del artículo 150 del Código Procesal del Trabajo, porque las pruebas de fs. 453 y vta., 548 y 549 acreditaron la existencia de una relación laboral real y efectiva, las mismas que la Empresa HIELO SECO S.R.L. no desvirtuó, más por el contrario las confesiones espontáneas efectuadas por dicha empresa reiteraron la existencia del nexo laboral con HIELO SECO S.R.L. bajo un salario que percibía de PRAXAIR BOLIVIA S.R.L.
Por otro lado refirió que el Tribunal de Alzada al haber forzado el principio de la verdad material vulneró el artículo 179 del Código Procesal del Trabajo porque las presunciones legales hacen plena prueba y deben aplicarse en favor de los trabajadores