Auto Supremo AS/0340/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2013

Fecha: 05-Jul-2013

Con respecto a lo anterior corresponde señalar que si bien es cierto que el Tribunal

Con respecto a lo anterior corresponde señalar que si bien es cierto que el Tribunal de Alzada a tiempo de examinar el recurso de apelación refirió sobre el agravio hoy reclamado como no resuelto, para luego no dar una respuesta expresa, entendemos que se debió a la consideración que no revestía mayor trascendencia, -porque esa referencia es una relación de que hubo dejadez del codemandado Urquidi Toro del Inmueble, en ello no existe denuncia concreta de vulneración de alguna forma esencial del proceso, sino simple referencia de ese presunto abandono o dejadez-, centrando mas bien su atención a la existencia de la confesión judicial provocada que consideró pertinente y dirimitorio a fin de dar respuesta a la apelación formulada