Auto Supremo AS/0340/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2013

Fecha: 05-Jul-2013

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Sin perjuicio de lo anterior, se recomienda al Tribunal Ad quem realizar análisis mas cuidadoso de los recursos que llegan a su conocimiento, para no ingresar en vulneración de algún derecho que pudieran alegar las partes.

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la facultad conferida por el artículo 42 numeral 1 de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación de los arts. 271 num. 2) y 273 del Código de Procedimiento Civil, declara INFUNDADO el recurso de casación en la forma y en el fondo contenido en el memorial de fs. 583-584 y vlta., presentado por Luis Felipe Nava Mendoza contra el Auto de Vista No. 159/2013 de 15 de abril de 2013 de fs. 575-576 y vlta., de obrados. Con costas