Auto Supremo AS/0340/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2013

Fecha: 05-Jul-2013

Que por lo fundamentado refiere que se ampara en los arts

Que por lo fundamentado refiere que se ampara en los arts. 253 insc. 3) y 1), además en la segunda parte del inc. 4) del Art. 254 del Código de Procedimiento Civil, acusando que al pronunciar el Auto de Vista recurrido, incurrieron en error de derecho en la apreciación de la prueba, y se violó el art. 1321, del Código Civil, los arts. 92 p. I, 138, 1003 y 1030 del Código Civil, al igual que los arts. 409 inc. 3) y 410 p. II in fine del inc. 2) del Código de Procedimiento Civil, reiterando que también las formas esenciales del proceso al no haberse pronunciado sobre la dejadez del demandado José Urquidi Toro, pidiendo en definitiva se conceda el recurso a fin de que el Tribunal Supremo case el fallo y declare probada la demanda e improbada la demanda reconvencional, o en su caso, la anulación de obrados hasta fs. 575 de obrados, disponiendo se vuelva a dictar nuevo Auto de Vista conforme a derecho