Auto Supremo AS/0340/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0340/2013

Fecha: 05-Jul-2013

También violarían las formas esenciales del proceso, al no pronunciarse sobre la dejadez con la

En la forma
También violarían las formas esenciales del proceso, al no pronunciarse sobre la dejadez con la que actuó el reconvencionista al no ejercer posesión sobre el inmueble objeto de la demanda, que conforme se habría expresado agravios sobre el hecho de que José Urquidi Toro nunca habría ejercido posesión sobre el inmueble por su dejadez, aspecto que importaría transgresión de su competencia, aspecto que importaría agravio al derecho a la defensa en juicio, en razón de los principios de pertinencia y congruencia previsto en los art. 236 y 227 del Código de Procedimiento Civil, de resolver conforme a lo resuelto por el inferior y los agravios, sin que pueda ser sustraídos el pronunciamiento de algunos de ellos