Auto Supremo AS/0394/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0394/2013

Fecha: 22-Jul-2013

En este sentido es necesario señalar que la inspección judicial desarrollada constató efectivamente la inexistencia

En este sentido es necesario señalar que la inspección judicial desarrollada constató efectivamente la inexistencia en el libro de protocolos notariales de la mentada Escritura Pública Nº 924/92, por tal razón, en esta situación se debe aplicar lo preceptuado por el precitado art. 1309 del Código sustantivo de la materia, ya que al no existir la Escritura Pública en los archivos notariales, qué fe puede otorgar el testimonio que ha opuesto la reconvencionista para hacer valerlo como justo título en su pretensión de Usucapión ordinaria. Por ello aún se tenga el testimonio, ante la inexistencia de la Escritura Pública, el testimonio presentado de ninguna manera representa el justo título, pues el mismo yace en las declaraciones contenidas en la Escritura matriz, que en el caso resulta inexistente