Auto Supremo AS/0401/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2013

Fecha: 16-Jul-2013

Así el principio señalado, que rige el procedimiento

Así el principio señalado, que rige el procedimiento administrativo, excluye de éste la exigencia de requisitos formales; de su consagración en la Ley de Procedimiento Administrativo y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, pueden expresarse con carácter enunciativo y no limitativo las siguientes aplicaciones prácticas del principio de informalismo: i) no es preciso calificar jurídicamente las peticiones; ii) los recursos pueden ser calificados erróneamente, pero han de interpretarse conforme la intención del recurrente, y no según la letra de los escritos; iii) la administración tiene la obligación de corregir evidentes equivocaciones formales; iv) la equivocación del destinatario tampoco afecta la procedencia de la petición o del recurso; y v) si no consta la notificación del acto impugnado debe entenderse que el recurso ha sido interpuesto en término