Auto Supremo AS/0401/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0401/2013

Fecha: 16-Jul-2013

No obstante lo señalado, debemos manifestar que si

No obstante lo señalado, debemos manifestar que si bien es evidente que el apelante en su memorial de fs. 144-145 no menciona al Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, que sirvió al Tribunal de Apelación como uno de los fundamentos para emitir su fallo; empero, dicha circunstancia no puede significar en modo alguno un fallo ultra petita, puesto que el hecho de señalar tal disposición como parte del fundamento del fallo recurrido, no obedece sino a la necesidad y obligación que dicho Tribunal tenía de fundamentar su resolución, pues se advierte que la pretensión de la parte asegurada expuesto en su recurso de apelación de fs. 144-145, tenía que ver fundamentalmente con que se le reconozcan todos sus años de servicio que adujo tener, así como el cumplimiento del principio de la continuidad entre sueldo y salario, pretensión que en el caso de examen fue respondida por el Tribunal de Apelación, no habiéndose otorgado en consecuencia más de lo pedido, conforme de manera errónea se interpreta por la entidad recurrente al referirse a la disposición citada