Conforme se señaló al empezar a resolver el
En cuanto al recurso de casación en el fondo:
Conforme se señaló al empezar a resolver el recurso de casación en la forma, probablemente debido a un lapsus calami, el Tribunal ad quem imprimió el artículo 17 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, siendo lo correcto el artículo 14 del mismo cuerpo normativo, como se evidencia de la transcripción del contenido íntegro de este último, equivocación que no puede constituir aplicación errónea de la norma o finalmente interpretación errónea de la misma
Conforme se señaló al empezar a resolver el recurso de casación en la forma, probablemente debido a un lapsus calami, el Tribunal ad quem imprimió el artículo 17 del Decreto Supremo Nº 27543 de 31 de mayo de 2004, siendo lo correcto el artículo 14 del mismo cuerpo normativo, como se evidencia de la transcripción del contenido íntegro de este último, equivocación que no puede constituir aplicación errónea de la norma o finalmente interpretación errónea de la misma
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo
- Ante el recurso de reclamación presentado por José
- En recurso de apelación deducido por el rentista
- Dicha resolución motivó que el representante legal del
- Así también, reproduciendo la parte resolutiva del Auto
- Expresó que el Auto de Vista objeto del
- De otro lado, extrañó que la Resolución recurrida
- Copiando parte del texto correspondiente al segundo considerando
- Señaló como normas legales transgredidas y mal aplicadas,
- Que, así formulado el recurso de casación en
- De inicio debemos hacer saber a la entidad
- No obstante lo señalado, debemos manifestar que si
- Es pertinente también al respecto señalar que, el
- Así el principio señalado, que rige el procedimiento
- Es necesario también dejar establecido que este principio
- En ese marco, este Tribunal no encuentra que
- Conforme se señaló al empezar a resolver el
- Respecto al derecho a la seguridad social y
- Por ello, debe buscarse la justicia material en
- De otra parte se señaló también que el fallo recurrido habría violado las formas más
- Finalmente, con relación a la terminología utilizada por
- Por todo lo relacionado, siendo que el Tribunal de Alzada no incurrió en trasgresión o
- Sin costas en aplicación del artículo 39 de
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Firmando: Dr. Antonio G. Campero Segovia
- Dra. Norka N. Mercado Guzmán
- Ante mí: Dra. Carla Jimena Rivera Taboada
