Auto Supremo AS/0437/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0437/2013

Fecha: 27-Ago-2013

Finalmente, llama la atención a este Tribunal Supremo de Justicia, dos aspectos: el primero, la

Finalmente, llama la atención a este Tribunal Supremo de Justicia, dos aspectos: el primero, la motivación y fundamentación realizada por el Juez A quo quien basó la sentencia dictada en obrados, en el Auto Supremo Nº 32 de fecha 2 de marzo de 2005, jurisprudencia totalmente superada y modulada paulatinamente mediante los posteriores Autos Supremos como por ejemplo el Nº 99 de 22 de junio de 2006, el 103 de junio del mismo año, el 145 de 19 de marzo de 2007, 135 de 13 de junio de 2008, A. S. Nº 74/2012 de 12 de abril, 119/2012 de 17 de mayo y 27/2013 de 06 de febrero, amplia jurisprudencia que no fue tomada en cuenta por el Juez A quo para tramitar y luego resolver lo debatido en la litis. Segundo, la fundamentación sucinta realizada por el Tribunal de Alzada quienes basaron su resolución en la prueba de ADN cursante en obrados, violando lo establecido en el art. 204 del Código de Familia en relación a lo dispuesto por el art. 1 del Código de Procedimiento Civil