Auto Supremo AS/0440/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0440/2013

Fecha: 28-Ago-2013

Que, asimismo los vocales realizaron una interpretación subjetiva del art

Que, asimismo los vocales realizaron una interpretación subjetiva del art. 568 del Código Civil porque ella nunca recibió la carta y si bien existe una nota del Notario que dice que ella se rehusó a recibir, la misma debiera haber estado firmada por lo menos por un testigo de actuación que no existe, por lo tanto la misma es fraudulenta porque el demandante ha entrado en confabulación con la Notario de Fe Pública Nº 25