Auto Supremo AS/0444/2013
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0444/2013

Fecha: 30-Ago-2013

Que, su persona posee título debidamente inscrito en Derechos Reales, siendo por lo tanto legal

En el fondo.-
Que, su persona posee título debidamente inscrito en Derechos Reales, siendo por lo tanto legal el mismo, al igual que el del demandante, por lo tanto, debiera haberse demandado la nulidad del mismo, no la reivindicación, toda vez que conforme el art. 1453 del Código Civil, la misma procede cuando el verdadero propietario es desposeído de su bien, lo que en autos no acontece porque ambos son propietarios manifestando que para que proceda la reivindicación deben darse los siguientes presupuestos: a) El actor presenta título de su derecho y el demandado no lo presenta, b) Tanto el actor como el demandado presentan títulos, correspondiendo al presente caso el segundo presupuesto, en cuyo caso la resolución del litigio pasa necesariamente por determinar qué título deberá anularse, aspecto que en este caso no se demandó la nulidad de su título que por el contrario el actor lo reconoce como justo título, adquirido de la Federación Ferroviaria Nacional de la Red Occidental