Entre las disposiciones que no constituyen fuentes del Derecho Tributario, se encuentran las circulares o
Que, las fuentes del Derecho Tributario, se hallan constituidas por las mencionadas en el artículo 2 del Código Tributario, Ley Nº 1340, que señala: “Constituyen fuentes del derecho tributario: 1) Las normas constitucionales. 2) Las convenciones internacionales. 3) Las leyes. 4) Los Decretos Supremos, los reglamentos, las resoluciones y demás disposiciones de carácter general dictadas por el Poder Ejecutivo o los distintos órganos administrativos nacionales y locales facultados al efecto.”
Entre las disposiciones que no constituyen fuentes del Derecho Tributario, se encuentran las circulares o instructivos que emite la Administración Tributaria, conforme lo dispone el artículo 3 del citado cuerpo legal: “Las resoluciones, circulares, órdenes e instrucciones internas impartidas por los órganos administrativos o sus dependencias jerárquicas a sus funciones, no son de observancia obligatoria para los contribuyentes responsables.” Entendiéndose que tales instrumentos poseen como contenido criterios generalmente técnicos para las unidades recaudadoras, disposiciones que no tienen la obligatoriedad de las normas que refiere el citado artículo 2, que además de ser internas no pueden apartarse de la ley y menos alterar la esencia normativa, por el principio de legalidad no que prevé ni autoriza a la Dirección General de Impuestos Internos a modificar los preceptos legales en materia tributaria
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- Que, el referido fallo motivó a las partes, la interposición del recurso de casación en
- Observa, que el contribuyente incumplió los artículos 4, 8 y 10 de la Ley Nº
- Alega incumplimiento de los artículos 58 y 59 de la Ley Nº 1340, en el
- En su petitorio, solicita que se dignen CASAR EN PARTE la resolución impugnada y deliberando
- RECURSO DE CASACIÓN PARCIAL EN EL FONDO Y EN LA FORMA, interpuesto por la representante
- Señala que en el Auto de Vista recurrido, se vulneró el artículo 2 de la
- Alega que se vulneró el artículo 3 de la Ley Nº 1340, al haber incurrido
- Aduce, que se vulneró el artículo 127 de la Ley Nº 1340, que establece la
- Acusa que se vulneró el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, al no haber
- Refiere las Sentencias Constitucionales Nº 12/02-R de 9 de enero, Nº 1523/04-R de 28 de
- Finalmente en su memorial, solicita que el Tribunal de Casación declare la CASACIÓN PARCIAL del
- CONSIDERANDO II: Que, así expuestos los fundamentos de los recursos de casación interpuestos por las
- Respecto, al incumplimiento de los artículos 58 y 59 (de los intereses y actualización) de
- Que, la empresa demandante en su recurso parcial en el fondo y en la forma,
- Entre las disposiciones que no constituyen fuentes del Derecho Tributario, se encuentran las circulares o
- En ese entendido, el instructivo Nº DAF/C-220/92 de fecha 6 de marzo de 1992, emitido
- En ese contexto, los fundamentos expresados respecto a la validez del Instructivo para la extinción
- En ese contexto el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil, señala que: "El auto
- De la lectura minuciosa del Auto de Vista impugnado se evidencia que el Tribunal Ad
- MAGISTRADO RELATOR: Dr. Delfín Humberto Betancourt Chinchilla.
