Auto Supremo AS/0367/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0367/2014

Fecha: 08-Oct-2014

VISTOS: Por una parte, el recurso de casación en el fondo de fs

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA SOCIAL Y ADMINISTRATIVA PRIMERA
Auto Supremo Nº 367
Sucre, 08 de octubre de 2014

Expediente: 183/2014- S
Demandante: Laura Rosario Castillo Pinto
Demandada: AASANA Regional Beni
Distrito: Beni
Magistrado Relator: Dr. Antonio Guido Campero Segovia

VISTOS: Por una parte, el recurso de casación en el fondo de fs. 88 a 89 vta., interpuesto por la actora Laura Rosario Castillo Pinto; y por otra, el recurso de casación en el fondo de fs. 95 a 96 interpuesto por Henry Torrico Claure, en calidad de Director Regional de AASANA-Beni, ambos contra el Auto de Vista Nº 46/2014 de 19 de mayo (fs. 82 a 85 vta.) pronunciado por la Sala Social en Materia del Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Beni; dentro el proceso de reintegro de beneficios sociales seguido por Laura Rosario Castillo Pinto, contra AASANA-Beni”; la respuesta de fs. 95 a 96; el Auto Nº 64 a fs. 100 que concedió los recursos; los antecedentes del proceso; y:
CONSIDERANDO I:
I.ANTECEDENTES DEL PROCESO
I.1 Sentencia
Que tramitado el proceso laboral de reintegro de pago de beneficios sociales, la Juez Segundo del Trabajo y Seguridad Social de la ciudad de Beni, emitió la Sentencia Nº 205/2013 de 14 de noviembre, cursante de fs. 53 a 58, por la que declaró probada en parte la excepción perentoria de pago a fs. 29 y probada en parte la demanda de fs. 11 a 12 vta. de obrados, ordenando a la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA Regional Beni), en la persona de su representante legal José Alberto Abularach Vélez, proceder al pago a favor de la actora Laura Rosario Castillo Pinto, la suma de Bs.36.327,29.- (Treinta y seis mil trecientos veintisiete 29/100 Bolivianos), por el tiempo de servicios 33 años, 6 meses y 16 días, por los conceptos de indemnización, vacación 2 gestiones, menos el monto recibido por la actora, en base al promedio salarial de Bs.-8.416,05.- más la multa del 30% de acuerdo al Resolución Ministerial (RM) Nº 447 de ocho de julio de 2009