Auto Supremo AS/0562/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0562/2014

Fecha: 03-Oct-2014

6

6.- Que el Auto de Vista no es solamente enunciativo sino que debe cumplir con las formalidades que se establecen para la sentencia en los arts. 190 y 192 del Código de Procedimiento Civil, que fueron incumplidos, viciando de nulidad la resolución impugnada