Auto Supremo AS/0587/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0587/2014

Fecha: 14-Oct-2014

La indignidad, es una situación jurídica definida por la ley y entraña una pena, que

La indignidad, es una situación jurídica definida por la ley y entraña una pena, que priva al heredero de recibir una sucesión determinada (Mazeaud). Mientras la incapacidad responde a razones generales, independientes de los actos del heredero, la indignidad se sanciona por la ley por causa de culpa grave hacia el difunto y su memoria; sólo se da, por lo tanto, en los herederos capaces y en razón de motivos personales relativos a cada uno de ellos (Planiol y Ripert). Se puede equiparar el indigno al incapaz sólo por razones de iure condendo (Messineo), entendidas tales razones como las que respalda la conveniencia de la aplicación extensiva de un principio. En efecto, para Messineo, análoga a la incapacidad, en los efectos, aunque diversa en su razón de ser y en su naturaleza es la indignidad para suceder, o sea, para recibir por sucesión