Conviene recordar a la parte recurrente, que uno de los principios rectores que guía la
Conviene recordar a la parte recurrente, que uno de los principios rectores que guía la actuación de la justicia ordinaria en este nuevo modelo de Estado, es el de la verdad material, que hasta antes de la nueva Constitución Política del Estado, estaba reservado sólo para el ámbito administrativo, y que ahora, convoca a la autoridad judicial, a verificar los hechos que sirven de motivo a sus decisiones, para lo cual deberá tomar con sumo recaudo aquellas formalidades que se le presenten, puesto que a simple vista podrían mostrar realidades no evidentes sino aparentes, que no son otra cosa que actitudes de encubrimiento, muy cotidianas en materia social, debido a que algunos empleadores buscan evitar el pago de ciertos beneficios sociales o derechos laborales; empero, en el propósito de precautelar a los trabajadores, considerados por la doctrina como la parte más débil de la relación laboral, es que se adoptaron principios y medidas tendientes a su protección, siendo uno de ellos también, el principio de la inversión de la prueba, que obliga a la parte empleadora, a destruir las afirmaciones hechas por la parte trabajadora demandante, cuando las controversias sean sometidas a las decisiones jurisdiccionales
- VISTOS: El recurso de casación en el fondo de fs
- Interpuesto el recurso de apelación por la parte demandada (fs
- Dicha Resolución motivó que la entidad demandada, presente recurso de casación en el fondo (fs
- Que, el fallo recurrido infra valoró la prueba a fs
- Que, se condena al pago de indemnización por tiempo de servicios por 5 años, 11
- Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia case el Auto de Vista recurrido, y
- Que, así planteado el recurso de casación en el fondo, de la revisión de los
- Que, en lo pertinente al pago de los beneficios sociales del actor, la parte
- Es evidente que al momento de responder a la demanda y formular excepciones, la parte
- En ese sentido, no era suficiente que la entidad demandada presentara los finiquitos cuestionados para
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- En ese sentido, advertimos que en el caso de análisis, la parte demandada no demostró,
- Que, en lo referente al pago de 13 sueldos por la gestión 2009, que se
- Finalmente, en cuanto a la interrupción laboral de 3 meses dispuesta por la RM Nº
- POR TANTO: La Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de Justicia, con la
- No se regula honorario profesional de abogado por no haber respondido la parte demandante al
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
