Auto Supremo AS/0472/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0472/2014

Fecha: 10-Dic-2014

Al respecto, de la revisión de antecedentes se constata que es evidente que el Juez

Al respecto, de la revisión de antecedentes se constata que es evidente que el Juez de primera instancia mediante Auto Definitivo cursante de fs. 57 vta. a 58, resolvió de oficio declarar su incompetencia, instando a la parte actora acudir ante la jurisdicción civil, decisión que fue impugnada por el demandante (fs. 59 a 61), el mismo que fue resuelto mediante el Auto de Vista N° 42/2013 de 20 de mayo (fs. 68 a 69 vta.) por el que se revocó el Auto Interlocutorio recurrido, disponiendo que el Juez laboral que se declaró incompetente, admita la demanda laboral interpuesta por el actor, decisión última que fue declarada ejecutoriada mediante Auto de 29 de julio de 2013 (fs. 89 vta.). Si bien la parte demandada, en su primera actuación en el proceso, interpuso también como mecanismo de defensa la excepción previa de incompetencia entre otras, la misma fue rechazada por el Juez de la causa mediante Auto de 29 de noviembre de 2013, bajo el fundamento de la extemporaneidad, decisión que no mereció de la parte excepcionante (demandada), impugnación alguna, cuando podía hacerlo conforme la previsión del art. 130 del CPT, con la posibilidad inclusive de llegar a casación conforme la previsión del art. 255.2) del Código de Procedimiento Civil (CPC); al contrario, se observa que asumiendo dicha decisión, se enfocó a asumir defensa, aportando los medios probatorios respectivos, como se advierte del memorial cursante a fs. 147, como primer memorial posterior a la notificación con el auto de rechazo a la excepción planteada