Auto Supremo AS/0472/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0472/2014

Fecha: 10-Dic-2014

Finalmente, en cuanto a este mismo punto, si la parte afectada consideraba que los vocales

Finalmente, en cuanto a este mismo punto, si la parte afectada consideraba que los vocales que suscribieron el Auto de Vista recurrido, se encontraban comprendidos en alguna de las causales de excusa previstos por ley, como parte interesada tenía el derecho y la oportunidad procesal respectiva para formular su recusación por la vía incidental, lo que no sucedió, en consecuencia no es posible analizar la causal de excusa en casación; razones por las que se concluye no ser evidente la vulneración denunciada al art. 9 de la LAPCAF, máxime cuando dicha norma, confirma lo fundamentado ut supra, al referirse a la competencia de la autoridad jurisdiccional que deba conocer las demanda de recusación, lo que no es el caso