Así, siendo las normas procesales de cumplimiento obligatorio tal cual dispone el artículo 90 del
Así, siendo las normas procesales de cumplimiento obligatorio tal cual dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, en el presente caso correspondía que el Tribunal ad quem enmendara el error del incumplimiento del correcto auto dictado a fojas 46, el cual estaba ajustando a derecho todo el proceso a desarrollarse a fin de evitar posteriores nulidades, como ocurre en el presente caso, en el cual debido al error en el procedimiento impreso en la primera instancia, se vulneraron las formas esenciales, violándose toda la preceptiva antes señalada
- II. CONSIDERANDO
- En grado de apelación deducida por Ivar Orosco Villarrubia en representación de Cesar Alfredo Gareca,
- La resolución de segunda instancia, motivó que Willam Caba Figueroa en representación de Aida Alu
- Los recurrentes -mediante su representante- primero, efectúan una relación de hechos y actuados que se
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- Finaliza su recurso, solicitando que los Ministros del Supremo Tribunal de Justicia, se dignen pronunciar
- 3.2. Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, corresponde efectuar las siguientes consideraciones
- En el marco de esa facultad, debe tenerse presente que el debido proceso legal constituye
- Los actos procesales están encaminados a la consecución de una finalidad
- Para cumplir esa finalidad y los actos sean jurídicamente eficaces deben concurrir requisitos subjetivos, objetivos
- Que, en función a esta facultad fiscalizadora, de la revisión de obrados, este Tribunal Supremo
- De ello se entiende por litisconsorcio a la situación jurídica en la cual dos o
- El doctrinario del derecho Carnelutti, define a esta figura jurídica como una acumulación subjetiva, que
- Ahora bien, cuando la decisión a recaer en un proceso afecte de manera uniforme no
- Figura que no se puede pretender asemejar al litisconsorcio facultativo o voluntario, que a diferencia
- El litisconsorcio necesario, a diferencia del voluntario, surgirá cuando la presencia de una pluralidad de
- En el caso de autos, la resolución jurídica sustancial resultante del proceso de declaración judicial
- Así, siendo las normas procesales de cumplimiento obligatorio tal cual dispone el artículo 90 del
- Por lo expuesto, se evidencia que el Tribunal de alzada efectuó un inadecuado razonamiento al
- Por lo expuesto, corresponde a este Alto Tribunal anular obrados de oficio en la vía
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- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
