Auto Supremo AS/0672/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0672/2014

Fecha: 26-Dic-2014

El litisconsorcio necesario, a diferencia del voluntario, surgirá cuando la presencia de una pluralidad de


El litisconsorcio necesario, a diferencia del voluntario, surgirá cuando la presencia de una pluralidad de las partes en el proceso se imponga por la naturaleza de la propia pretensión discutida o por las implicancias de la resolución judicial que ha de recaer en el proceso. Es una figura procesal excepcional, debido principalmente a la carga que impone en la conformación de la relación procesal; la dependencia es total puesto que estamos ante el caso de una legitimación causal, compleja o común en virtud de la relación jurídica sustancial referente a la pretensión deducida