En el caso de autos, la resolución jurídica sustancial resultante del proceso de declaración judicial
En el caso de autos, la resolución jurídica sustancial resultante del proceso de declaración judicial de paternidad, planteado Cesar Alfredo Gareca, entraña una afectación en los derechos de Miguel Gnarra Alu, por los diversos efectos que puede generar el reconocer a una persona como hijo de su fallecido padre. En cuya virtud, es necesario su llamamiento -a Miguel Gnarra Alu-como litisconsorte pasivo para el correcto desarrollo del proceso, en observancia de la garantía del debido proceso que debe existir en la resolución de una causa
- II. CONSIDERANDO
- En grado de apelación deducida por Ivar Orosco Villarrubia en representación de Cesar Alfredo Gareca,
- La resolución de segunda instancia, motivó que Willam Caba Figueroa en representación de Aida Alu
- Los recurrentes -mediante su representante- primero, efectúan una relación de hechos y actuados que se
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- Finaliza su recurso, solicitando que los Ministros del Supremo Tribunal de Justicia, se dignen pronunciar
- 3.2. Fundamentos del Fallo.- Así planteado el recurso, corresponde efectuar las siguientes consideraciones
- En el marco de esa facultad, debe tenerse presente que el debido proceso legal constituye
- Los actos procesales están encaminados a la consecución de una finalidad
- Para cumplir esa finalidad y los actos sean jurídicamente eficaces deben concurrir requisitos subjetivos, objetivos
- Que, en función a esta facultad fiscalizadora, de la revisión de obrados, este Tribunal Supremo
- De ello se entiende por litisconsorcio a la situación jurídica en la cual dos o
- El doctrinario del derecho Carnelutti, define a esta figura jurídica como una acumulación subjetiva, que
- Ahora bien, cuando la decisión a recaer en un proceso afecte de manera uniforme no
- Figura que no se puede pretender asemejar al litisconsorcio facultativo o voluntario, que a diferencia
- El litisconsorcio necesario, a diferencia del voluntario, surgirá cuando la presencia de una pluralidad de
- En el caso de autos, la resolución jurídica sustancial resultante del proceso de declaración judicial
- Así, siendo las normas procesales de cumplimiento obligatorio tal cual dispone el artículo 90 del
- Por lo expuesto, se evidencia que el Tribunal de alzada efectuó un inadecuado razonamiento al
- Por lo expuesto, corresponde a este Alto Tribunal anular obrados de oficio en la vía
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- Regístrese, comuníquese y devuélvase.
