Auto Supremo AS/0672/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0672/2014

Fecha: 26-Dic-2014

Los recurrentes -mediante su  representante- primero, efectúan una relación de hechos y actuados que se


III. CONSIDERANDO

3.1. Denuncias del Recurso Casación:

Los recurrentes -mediante su  representante- primero, efectúan una relación de hechos y actuados que se sucedieron en el proceso, para posteriormente recién exponer sus denuncias del recurso de casación bajo los siguientes argumentos:

1. Denuncia, que la anulación de obrados hasta fojas 96 vuelta dispuesta por el Auto de Vista hoy recurrido no tiene razón de ser, puesto que Miguel Gnarrua Alu, se encuentra comprendido en el proceso ya que la demanda está dirigida contra los tres herederos, Aida Alu viuda de Gnarra, Gerardo Gnarra Alu y Miguel Gnarra Alu y que por resolución de fojas 46 se dispuso se libre exhorto suplicatorio para la notificación al codemandado Miguel Gnarra Alu en la Republica de Italia, en su domicilio conocido