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    Auto Supremo AS/0747/2014
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0747/2014

    Fecha: 17-Dic-2014

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    Vista, DOCUMENTO COMPLETO
    • Por memorial cursante de fs
    • b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado (fs
    • Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
    • Continúa manifestando que, la Sentencia incurrió en errónea valoración de la prueba, pues consideró únicamente
    • Sentencia realizó una aplicación indebida de la norma sustantiva penal, error en el que también
    • I.1.2. Petitorio
    • Por lo expuesto, el recurrente solicita se anule el Auto de Vista 40 de 9
    • I.2. Admisión del recurso
    • De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
    • II.2.De la apelación restringida del acusado
    • El recurrente, a través de memorial de recurso de apelación restringida, cuestionó los fundamentos de
    • II.3. Del Auto de Vista impugnado
    • Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
    • Conforme a lo antedicho, este Tribunal admitió el recurso de casación interpuesto por el recurrente,
    • III.1. De los precedentes contradictorios invocados
    • El Auto Supremo 329 de 29 de agosto de 2006, que resolvió un caso
    • Que la parte final del Art
    • El Auto Supremo 231 de 4 de julio de 2006, a tiempo de establecer que
    • El Auto Supremo 038/2013-RRC de 18 de febrero, que estableció que el Tribunal de Sentencia
    • El referido tipo penal, se encuentra en el Título XII dedicado a los “Delitos contra
    • Siguiendo al mismo autor, como todo fraude defraudatorio tiene que estar dirigido a inducir en
    • A modo ilustrativo, vale la pena resaltar el razonamiento asumido en el Auto Supremo 486
    • III.2. Análisis del caso concreto
    • Fortunata Jiménez Chumbe, en su calidad de propietarios del bien inmueble, como efecto de la
    • Al respecto y en sujeción al razonamiento expresado en el acápite III
    • Con relación a la denuncia de falta de fundamentación en la imposición de la pena
    • efectuó sus propias apreciaciones y conclusiones con relación a los razonamientos asumidos en Sentencia sin
    • Por último, el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007 invocado por el
    • La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
    • Regístrese, hágase saber y devuélvase.

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