Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0747/2014
Fecha: 17-Dic-2014
I.1.2. Petitorio
I.1.2. Petitorio
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Por memorial cursante de fs
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b)La mencionada Sentencia, fue objeto de apelación restringida por el imputado (fs
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Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo de admisión
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Continúa manifestando que, la Sentencia incurrió en errónea valoración de la prueba, pues consideró únicamente
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Sentencia realizó una aplicación indebida de la norma sustantiva penal, error en el que también
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I.1.2. Petitorio
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Por lo expuesto, el recurrente solicita se anule el Auto de Vista 40 de 9
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I.2. Admisión del recurso
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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II.2.De la apelación restringida del acusado
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El recurrente, a través de memorial de recurso de apelación restringida, cuestionó los fundamentos de
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II.3. Del Auto de Vista impugnado
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Con la finalidad de cumplir la tarea de unificar la jurisprudencia emanada de los Tribunales
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Conforme a lo antedicho, este Tribunal admitió el recurso de casación interpuesto por el recurrente,
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III.1. De los precedentes contradictorios invocados
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El Auto Supremo 329 de 29 de agosto de 2006, que resolvió un caso
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Que la parte final del Art
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El Auto Supremo 231 de 4 de julio de 2006, a tiempo de establecer que
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El Auto Supremo 038/2013-RRC de 18 de febrero, que estableció que el Tribunal de Sentencia
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El referido tipo penal, se encuentra en el Título XII dedicado a los “Delitos contra
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Siguiendo al mismo autor, como todo fraude defraudatorio tiene que estar dirigido a inducir en
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A modo ilustrativo, vale la pena resaltar el razonamiento asumido en el Auto Supremo 486
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III.2. Análisis del caso concreto
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Fortunata Jiménez Chumbe, en su calidad de propietarios del bien inmueble, como efecto de la
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Al respecto y en sujeción al razonamiento expresado en el acápite III
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Con relación a la denuncia de falta de fundamentación en la imposición de la pena
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efectuó sus propias apreciaciones y conclusiones con relación a los razonamientos asumidos en Sentencia sin
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Por último, el Auto Supremo 214 de 28 de marzo de 2007 invocado por el
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase.
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