Auto Supremo AS/0766/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0766/2014

Fecha: 19-Dic-2014

En definitiva, al haberse establecido que el precedente invocado no contradice al Auto de Vista


En definitiva, al haberse establecido que el precedente invocado no contradice al Auto de Vista impugnado en los términos previstos por el art. 416 del CPP, en estricta aplicación de la ley, corresponde declarar infundado el recurso de casación sujeto de examen