Auto Supremo AS/0775/2014
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0775/2014

Fecha: 19-Dic-2014

Es así, que en el Auto Supremo 510/2014-RRC de 1 de octubre de 2014, emanado




Este Tribunal, así como la extinta Corte Suprema de Justicia, emitieron amplia doctrina legal y entendimientos que establecen requisitos y parámetros a tomarse en cuenta respecto a la imposición de la pena, su control y la obligación del Tribunal de apelación cuando evidencia la falta de justificación en la imposición de una sanción privativa de libertad.

Es así, que en el Auto Supremo 510/2014-RRC de 1 de octubre de 2014, emanado como emergencia de un Auto de Vista emitido por la misma Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, en otro caso, se señaló: “Conforme señala el art. 365 del CPP, se dicta Sentencia condenatoria cuando la prueba aportada sea suficiente para generar en el juzgador la convicción sobre la responsabilidad penal del imputado; al efecto, la autoridad sentenciadora debe fijar con precisión la sanción que corresponda; lo que significa, que la misma debe encontrarse debidamente fundamentada, tomando en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes que pudieran concurrir, así como los motivos por los que corresponde o no la aplicación de alguna de las modalidades de concurso; pero además, debe aplicar la sanción tomando en cuenta la finalidad de las sanciones privativas de libertad, que se encuentra descrita en el art. 118 parágrafo III de la Constitución Política del Estado (CPE)